El cursado condicional es una excepcionalidad, y solo se autoriza en aquellas asignaturas cuyo docente responsable lo admite.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Aquellas/os estudiantes de la Tecnicatura Universitaria en Tecnología de Alimentos que adeuden sólo una (1) correlativa aprobada (siempre que la tengan regular) para anotarse regularmente al cursado de otra asignatura.
No pueden solicitar cursado condicional si adeudan una asignatura correlativa que se pida regularizada, tampoco pueden hacerlo si adeudan más de una correlatividad de acuerdo al Plan de Estudios de la carrera.
¿Qué implica la condicionalidad?
En caso de ser autorizado el pedido de cursado condicional, la/el estudiante podrá cursar la materia hasta que apruebe la correlativa adeudada en el turno intermedio inmediato posterior al inicio del cuatrimestre (mayo o septiembre).
En caso de no aprobar la correlativa adeudada en el turno intermedio, no podrán continuar el cursado de la asignatura en la que fuera admitido como condicional, ni adquirir la regularidad de la misma.
¿Cómo y cuando puedo solicitar el cursado condicional de una asignatura?
Deben presentar por Mesa de Entradas del CU-RA (mentradas@cu-ra.unl.edu.ar), solamente en las fechas habilitadas en cada cuatrimestre (durante la semana de inscripciones al cursado) una nota dirigida a la Dirección del CU-RA solicitándolo. >> Modelo de nota para solicitud cursado condicional
Fechas habilitadas para presentación de pedidos de Cursados Condicionales 2025
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Del 10 al 14 de marzo 2025 (materias del 1º cuatrimestre)
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Del 11 al 15 de agosto 2025 (materias del 2º cuatrimestre)
Con esa nota se genera un Expediente Electrónico (EE) que será girado a Coordinación Académica, quién consultará al/la docente responsable de la asignatura si admite o no el cursado condicional, dejando constancia de ello en el EE. Finalmente, el EE se gira a a Dirección del CU-RA para que autorice o no la solicitud.